domingo, 18 de abril de 2010

lunes, 12 de abril de 2010

DEL CONGRESO A TRIBUNALES-JUEVES 15/4-17 HS


El jueves 15 de Abril a las 17 hs marchamos desde el Congreso a Tribunales, por la LEY DE MEDIOS AUDIOVISUALES que tras 26 años derogó a la ley de radiodifusión de la dictadura.
Los Grupos oligopólicos que siempre prefirieron la inexistencia de norma alguna, creen que judicializando la ley de la democracia podrán lograr que "la mejor ley sea -finalmente- la que no está escrita."
Un puñado de jueces de la dictadura pretenden frenar lo que votaron 147 diputados y 44 senadores.
Acompañános! DEFENDER LA DEMOCRACIA ES DEFENDER SUS LEYES.
Coalición por una Radiodifusión democràtica.

REFLEXIONES SOBRE LA ACCION DE LA JUSTICIA

“El per saltum es la solución para poner en marcha la ley”
El abogado Miguel Rodríguez Villafañe propone como solución jurídica adecuada para que empiece a funcionar la Ley de Comunicación Audiovisual la figura del per saltum, es decir la pronta intervención de la Corte Suprema. "La presentación debería hacerla el Estado Nacional", opina.
2010-04-09 -
Por Katy García-PrensaRed

El reconocido abogado constitucionalista y especialista en Derecho a la Información actualiza el debate acerca de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA,Nº 26.522) sancionada, democráticamente, en ambas cámaras, promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial, y ahora suspendida en su aplicación por medidas cautelares. Cuestiona esta medida y propone al per saltum como un recurso eficaz para enfrentar la estrategia opositora a la Ley que propone la dilación de su aplicación.

“Como está planteado el frente judicial al menos en la política proactiva de quienes están en contra de la Ley, encuentra al Estado de alguna manera sin una estrategia judicial integral para enfrentarlo. Era sabido que pasada la confrontación ante la sociedad y ante el poder legislativo el próximo frente necesario era el judicial”, evalúa.

En este sentido, reflexiona sobre el funcionamiento de la Justicia. “El poder judicial es un poder político; pero, fundamentalmente, es un poder técnico. Esto significa que si bien pujan las ideas, requiere de un conjunto de procedimientos y soportes técnicos para hacer revertir decisiones judiciales desacertadas”. Indudablemente, se refiere a la existencia de instrumentos legales y a la selección de una estrategia para enfrentar la judicialización a la que fue sometida le la LSCA.

Actualmente, no hay ley que regule a las comunicaciones. “La anterior está derogada y la nueva está suspendida, y esto en derecho se llama anomia. Esto es gravísimo para las instituciones y la democracia”, advierte. En esa perspectiva observa que la salida adecuada a esta maraña de juicios diseminados por el país, por los que se suspende para todos la aplicación de la nueva norma, sería "la presentación de este recurso -per saltum- por parte del Estado ante la Corte Suprema de Justicia".

-¿Por qué una ley sancionada por ambas cámaras fue suspendida por una medida cautelar?

-Recordemos que la suspensión, por medida cautelar, dispuesta respecto de la Ley 26522 por la justicia federal de Mendoza y Salta, fue realizada a petición de los diputados nacionales por la provincia de Mendoza Enrique Thomas y por la provincia de Salta, Zulema Beatriz Daher. En ambos casos, lo hacen como diputados nacionales y piden una medida cautelar que suspenda la ley integra.
El Poder Judicial actúa en casos puntuales, no genéricos, paralizar una ley en todo el país, es un caso atípico e inconstitucional.
Sobre esto, debo decir primero que el tema del que se agravian los diputados, se trata de una típica cuestión política no judiciable que supera la jurisdicción de la Justicia Federal mendocina y salteña. No se ha escuchado a la otra parte que es el Estado y se ha concedido bajo caución juratoria personal y no real.

Además, se ha roto -por parte del Juez- el principio de presunción de legitimidad de la norma. Se presume que lo que hace el Estado es válido. Puede que no lo sea, pero hay que demostrarlo. La medida cautelar se dicta sin escuchar a la otra parte, y en los casos referidos, automáticamente hace lugar al pedido de la parte, pasando por arriba la presunción de legalidad de los actos del Estado. Todos esos argumentos hacen que sea imposible tomar una medida con esa laxitud, como adoptaron en Mendoza y Salta.

-¿Estamos ante una maniobra política?

Ni hablar, por supuesto. Esa medida, en cualquier lugar, se toma por lo menos exigiendo fianzas dinerarias y reales. Sin embargo, en Salta y Mendoza se actuó siguiendo la afirmación “juro que lo que digo es verdad”. En el caso de Salta, aún está en primera instancia y ni siquiera se han notificado. Y en Mendoza pasó a segunda instancia con fallo confirmatorio de lo decidido en primera instancia. Así está el tema hoy.

La presunción de constitucionalidad obliga a una estricta apreciación de las circunstancias del caso. Para la admisión de una medida cautelar semejante, debe agregarse la acreditación del peligro irreparable en la demora y la consideración del interés público.
No cabe admitir la inconstitucionalidad o invalidez de una ley sin que medie un análisis concreto, preciso y detallado sobre los elementos y pruebas que, al menos prima facie, privarían a esos actos de su validez en derecho como lo dice la hermenéutica jurídica.

-Usted, como especialista en derecho a la información, ¿qué remedio propone para ponerle fin a la cuestión?

-Creo que es urgente el avocamiento por “per saltum” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de crear un criterio único y definitivo en la temática y evitar que cuando se neutralice un ámbito judicial federal, no inauguren uno nuevo, indefinidamente. Está claro que la estrategia de quienes atacan la ley 26522 es diferir la aplicación de la ley de servicios de comunicación audiovisual y tener amenazados a los funcionarios públicos de incumplimiento de órdenes judiciales.

Hay numerosos juicios presentados pero fundamentalmente podemos resumirlos en dos tipos. Los presentados en Capital Federal y que fueran iniciados por cablevisión, multicanal etc. y que están circunscriptos a supuestos agravios que tendrían algunos artículos de la ley como de los que mandan a tener menos titularidades y que obligan a vender a algún medio etc. Pero se circunscriben a esos puntos y para esos casos.

Lo más grave se está dando en el escenario abierto particularmente por estos legisladores nacionales. Un caso intermedio que se ha dado en Salta y es la presentación de una organización de usuarios pero aún así está circunscrito a unos artículos y no a toda le ley. En este caso, tiene un bemol la medida del Juez que prohíbe que el poder ejecutivo reglamente la ley, lo cual es una monstruosidad porque por definición es una facultad exclusiva y excluyente de ese poder hacerlo. Después podrá decir tal artículo afecta a tal cual interés etc. pero no puede prohibir que lo haga.

- ¿Qué pasaría si se da una circunstancia que exija la aplicación de la ley?

-Ahí está el problema en este momento. Si la respuesta es técnica: no hay ley porque la anterior está derogada y la nueva está suspendida y no declarada inconstitucional con sentencia. Pero al ser suspendida y no declarada constitucionalmente firme, tampoco está derogada. La anterior está derogada y la nueva está suspendida. Se da lo que en el derecho se llama anomia. Sin norma.

- ¿Porqué habría que dar el per saltum?

-Este instituto que yo propongo es novedoso y ya se utilizó en el país en la famosa causa (Roberto) Dromi (ministro de Obras y Servicios Públicos de la Nación durante la presidencia de Carlos Menem) en el caso Aerolíneas Argentinas. Establece que la corte puede avocarse a causas no terminadas y tomar un criterio general para todas. ¿Qué sentido tiene que la Corte falle en el caso Mendoza si luego viene Salta? La estrategia de estos sectores -que se oponen a la vigencia de la ley- es empezar a minar al país. Fallan jueces de primera instancia, va a la cámara, no hace lugar y pasa de ahí a la Corte. La Corte falla y empieza otro caso porque los van activando cronológicamente después. Con ese criterio, podemos estar tres años sin que se pueda aplicar la ley. Es como estar apagando incendios en distintos lugares, constantemente.

- Usted dice que esta situación entraña una gravedad institucional. ¿Qué significa esto?

-Es así porque falta la norma que regule a todas las comunicaciones audiovisuales, no hay un órgano que aplique la ley, todo esto se presta a que los piratas tengan patente de corso. En este planteo, los diputados más allá de los agravios que pueden haber aducido y aún cuando se considere que fuera cierto algunas faltas al reglamento de la Cámara, es inaceptable que pretendan por ello reflotar una ley del Proceso, como la 22285, que viola derechos humanos, es discriminatoria, antidemocrática y atenta contra el federalismo.
A su vez, lo decidido por los jueces es una típica resolución propia de la Teoría del Ritual Manifiesto, que implica que no se puede sobrevalorar los procedimientos por sobre los objetivos sustanciales del derecho.

El hecho de que coyunturalmente no se hayan guardado las formas, no permite que se caiga una norma. Hay que demostrar que hay un derecho que no se tuteló. Las formas por las formas mismas no se tutelan. Lo que se tutelan son derechos.

Lo que se está haciendo, como se ha dicho, es retroceder a una ley que no respeta derechos humanos, que retrotrae a la lógica de la ley de Seguridad Nacional que volvía enemigos a los propios argentinos con los cual se justificaron las atrocidades que se cometieron en la época del proceso.

Es una contradicción que un diputado se agravie porque supuestamente no lo escucharon y presenta una incidencia que no tenía chance porque tampoco iba a producir un cambio en la votación. Parece un contrasentido, incluso, en lo que hace a la función del diputado como representante del Estado nacional y de los derechos de los ciudadanos.

Todo esto es peligroso a dos puntas, porque por un lado en la oposición no aparece con firmeza la defensa de una ley que es de todos y en el caso del Estado no aparece con una estrategia jurídica integral, que sería necesaria para defenderla.
www.prensared.com.ar

viernes, 9 de abril de 2010

SEMANA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS 2010


Somos vida, somos Tierra, queremos Justicia
Semana de los Pueblos indígenas 2010

La lucha por la tierra, la defensa de los recursos naturales y el derecho a mantener la identidad son bases en el trabajo diario de los pueblos indígenas. Del 19 al 22 de abril, pobladores originarios de Argentina, Bolivia y Paraguay estarán presentes en Buenos Aires para hacer escuchar sus voces en la Argentina del Bicentenario.



POBLADORES INDÍGENAS DE ARGENTINA, PARAGUAY Y BOLIVIA, JUNTOS POR SUS DERECHOS

Comunidades indígenas del Gran Chaco Americano se movilizarán, del 19 al 22 de abril, hasta la Ciudad de Buenos Aires para exigir el derecho a sus territorios, defender el ambiente donde viven, dar a conocer su cultura y reclamar el cumplimiento de sus derechos consagrados por ley. En el marco de la Semana de los Pueblos Indígenas, referentes indígenas se encontrarán con representantes de los tres poderes del Estado, intelectuales, organizaciones sociales y medios de comunicación.

El Gran Chaco Americano abarca un millón de kilómetros cuadrados de Argentina, Bolivia y Paraguay. Es la segunda región más rica en biodiversidad del continente (luego del Amazonas) y una de las regiones con mayor nivel de deforestación del mundo. Es también un espacio de riqueza cultural y social, donde viven 380.000 indígenas poniendo en práctica sus propias formas de vida y disfrutando de sus derechos.

Pero la región es asediada por industrias extractivas que limitan el acceso de las comunidades indígenas a los recursos naturales y que violan el derecho a preservar el ambiente donde las comunidades viven desde hace generaciones.

“Los pueblos indígenas del Gran Chaco Americano han sido y son privados de los espacios territoriales que tradicionalmente ocupan y que constituyen su principal fuente de sustento material y de realización de su espiritualidad, identidad y cultura. En la actualidad, los pueblos indígenas enfrentan el desafío de sobrevivir en un contexto adverso”, explicaron las organizaciones convocantes: Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa), Junta Unidas de Misiones (JUM), Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia (Cipae), Centro de Estudios Regionales de Tarija (Cer-Det) y Fundación para el Desarrollo en Justicia y Paz (Fundapaz).

Conferencia

Con la cercanía del Bicentenario, los pueblos indígenas detallarán la situación de los pobladores ancestrales ante los distintos actores del mundo político, social y económico del país. El martes 20 se realizará una presentación sobre la situación de los pueblos indígenas a 200 años de la Revolución de Mayo. Será en la sala Raúl González Tuñón del Centro Cultural de la Cooperación (Corrientes 1543), a las 19. Durante el encuentro los representantes de las distintas etnias también darán a conocer distintas expresiones culturales.

Aunque centrado en la situación del Gran Chaco Americano, las jornadas pueden ser interpretadas como un capítulo de la historia argentina referido a la relación entre los pueblos indígenas, el Estado y la sociedad no indígena.



Contactos de prensa: Sandra Califano (15-5831-5116) – Javier Correa (15-5629-4218).
comunicacion@fundapaz.org.ar / coordinacion@endepa.org.ar

COMUNICADO DE LA COSITMECOS

La Confederación Sindical de Trabajadores de los Medios de Difusión (COSITMECOS) convoca a todos los trabajadores de la comunicación social a participar el próximo JUEVES 15 DE ABRIL a las 16,00 de la marcha de la Coalición por una Radiodifusión democrática en demanda de una efectiva e inmediata aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada por el Congreso de la Nación en Octubre del año pasado.

La COSITMECOS denuncia la actitud asumida por el Grupo empresario UNO que encabezan Daniel Vila y José Luis Manzano, en el conflicto suscitado en las empresas que controla, LT3 Radio Cerealista, LT8 Radio Rosario y el diario La Capital de Rosario. El despido de 26 trabajadores (locutores comerciales, locutores-redactores y periodistas) en las dos emisoras radiales, derivó en la paralización de las actividades en las dos radios y del personal del diario La Capital en solidaridad con los compañeros de LT3 y LT8.

El conflicto se originó el 28 de marzo con los despidos y el impedimento al personal a ingresar a las radios LT3 y LT8 y al diario La Capital, dando origen a la presentación conjunta del Sindicato de Prensa de Rosario, las Seccionales de la Sociedad Argentina de Locutores (SAL), Asociación Argentina de Trabajadores de las Comunicaciones (AATRAC), Sindicato Unico de Trabajadores del Espectáculo Público,SUTEP, y la Federación Gráfica Rosarina, denunciando el lock-out de la empresa ante la delegación Rosario del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, que dispuso la conciliación obligatoria intimando a las partes a retrotraer la situación al momento previo a los despidos. Pero la patronal se negó a acatar la decisión ministerial.

El Grupo Empresario Vila-Manzano, además de controlar diarios en Mendoza, Rosario y Paraná, posee numerosos canales de televisión por cable en diversas ciudades del interior a través de su red SUPERCANAL S.A., a los que suman los canales de Televisión abierta, 2 de La Plata, 7 de Mendoza, 8 de San Juan y 6 de San Rafael y las emisoras de radio LR5 La Red de Capital Federal, LV6 Radio Nihuil de Mendoza, LV2 de Córdoba, LT3 Cerealista de Rosario, LT8 Rosario, LT39 Radio Victoria de Entre Ríos y LT15 Radio del Litoral de Concordia.

A mediados de enero pasado el Grupo despidió en el Canal 6 de Mendoza, a 11 trabajadores pertenecientes al sector prensa y al Sindicato Argentino de Televisión (SATSAID) número que representa el 40% de la planta permanente de dicha emisora. A principios de marzo, el grupo abandonó a su suerte a los trabajadores LV2 de Córdoba, quienes mantienen ocupada la emisora ante la falta de pago de los sueldos de Diciembre, Enero, Febrero y Marzo.

La actitud asumida por el grupo VILA-MANZANO en Rosario no resulta extraña para quienes nos desempeñamos en los medios de difusión, por cuanto lleva varios años incumpliendo normas y obligaciones laborales en sus empresas controladas, abonando salarios en cuotas, evadiendo aportes y contribuciones a la seguridad social y sindicales por sumas millonarias.

Suele contar en Mendoza, provincia donde tiene su sede, con jueces adictos al Grupo, como es el caso de la Jueza Olga Pura de Arrabal quien en Enero del 2008,//-- //..prohibió el funcionamiento de una repetidora de LS82 TV Canal 7 “La Televisión Pública” en la ciudad de Mendoza, con el argumento falaz de que la señal interfería al cable del multimedios mendocino Supercanal, medida que fue revocada más tarde por una Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia.

Se trata de la misma Jueza que a fines de diciembre pasado dictó una medida cautelar por la cual suspende la aplicación de la Ley de SCA, luego convalidada por la Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia, lo cual impide la actuación de la autoridad de aplicación en casos como los que denunciamos y que en definitiva termina perjudicando a los trabajadores de la comunicación.

La COSITMECOS agradece la intervención de la C.G.T. y de la CTA, manifestando en forma conjunta su solidaridad para con los trabajadores despedidos y la decisión de organizar para el lunes 12 de abril una caravana solidaria a la ciudad de Rosario para repudiar los despidos, marcha que fue suspendida ante el acatamiento por parte del Grupo Vila-Manzano de la conciliación obligatoria dictada ahora por el Ministerio de Trabajo de la Nación y con el propósito de no entorpecer las negociaciones tendientes a superar el conflicto.

Conociendo los antecedentes de este grupo empresario, la COSITMECOS continúa en estado de alerta y movilización en apoyo de los trabajadores rosarinos y siguiendo con atención la situación hasta la normalización definitiva que garantice la preservación de los puestos de trabajo.

La COSITMECOS convoca a todos los trabajadores de la comunicación social a participar el próximo JUEVES 15 DE ABRIL a las 16,00 de la marcha de la Coalición por una Radiodifusión democrática del CONGRESO a TRIBUNALES bajo la consigna "DEFENDER LA DEMOCRACIA ES DEFENDER SUS LEYES", en demanda de una efectiva e inmediata aplicación de la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada por el Congreso de la Nación en Octubre del año pasado.


Buenos Aires, 8 de abril de 2010


COMISION DIRECTIVA NACIONAL